Experto Valorador Acreditado-EVA®

La creciente importancia de la actividad de Valoración de Empresas, dentro del mercado de servicios profesionales, justifica que se acometan iniciativas rigurosas de cara a una certificación y aseguramiento de la calidad del servicio. Al igual que en otras actividades profesionales como la auditoría, la contabilidad, el análisis financiero, etc., existen acreditaciones y certificaciones con esta finalidad, parece lógico que la Valoración de Empresas y de Activos, cuente también con unos estándares contrastados que se reconozcan en un listado de profesionales expertos valoradores, cuya trayectoria cumpla con los requisitos de una acreditación rigurosa, sometidos a revisión periódica, que ofrezcan garantía suficiente a las empresas y a los usuarios de la valoración de empresas.

Por ello, en febrero de 2020 la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) crea su acreditación Experto Valorador Acreditado-EVA®, con la finalidad de reconocer formalmente la capacitación técnica de sus Socios como Expertos Valoradores. La Acreditación EVA® se alinea con los estándares internacionales de reconocido prestigio profesional como los emitidos por International Valuation Standard Committe (IVSC), impulsando su aplicación con el fin de elevar en la medida de lo posible los niveles de calidad y competencia en el sector.

La Acreditación EVA® constituye a su vez un reconocimiento complementario del Experto Contable Acreditado-ECA®, especializado también en Valoración de Empresas. Convenios de colaboración con asociaciones profesionales de distintos países de Iberoamérica extenderán la acreditación EVA® a este ámbito internacional.

Experto Valorador Acreditado-EVA®, que AECA pone a disposición de sus socios, tiene como objetivo identificar, con rigor, un colectivo profesional altamente cualificado en esta disciplina, respondiendo así a la creciente demanda social de estos profesionales, tratando de estimular el mercado de nuestro país y con el objetivo de lograr la adecuada confianza en el receptor de este tipo especializado de servicios.

Todos los socios de AECA interesados en general, y acreditados ECA® en particular, podrán solicitar y obtener, en su caso, la acreditación EVA® de acuerdo con los requisitos e instrucciones indicadas a continuación. La información sobre los costes y la renovación de EVA® se indican igualmente en los siguientes apartados.

Recepción de solicitudes para la próxima acreditación (8ª evaluación): hasta el 15 de octubre de 2023.                             
Las solicitudes se realizarán a través de: certificaciones@aeca.es                                   

Principales áreas de trabajo y servicios que presta un Experto Valorador Acreditado-EVA®


Méritos, baremo, puntuación y justificantes a aportar por el candidato

Para el desarrollo de su actividad, un Experto Valorador Acreditado-EVA® habrá de reunir unos requisitos mínimos en forma de méritos y experiencia exigidos que le darán derecho a un justificante (título) por parte de AECA acreditándolo como EVA®.

El candidato deberá demostrar una adecuada experiencia y formación en actividades de valoración de empresas , desde un punto de vista fundamentalmente económico-financiero:

1. Será necesario obtener un mínimo de 60 puntos, de acuerdo con el baremo que sigue a continuación

2. El Comité de Evaluación cuantificará la puntuación correspondiente a los méritos y experiencia de los solicitantes en:

a) Experiencia profesional: hasta 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos, en despachos o empresas en las que, contrastadamente, desarrollen la actividad de valoración y análisis económico de empresas. Será de interés especial la participación en valoraciones e informes de valoración. IMPORTANTE: Criterios de justificación de Informes de Valoración

b) Formación: hasta 20 puntos, siendo exigible en todo caso un título universitario oficial, o uno de grado medio o superior de formación profesional, además de formación práctica continuada y un mínimo de 2 puntos

c) Transferencia de Conocimiento (actividades docentes, publicaciones, y participación en congresos y otras reuniones): hasta 30 puntos

d) Otros méritos: hasta 10 puntos

3. La acreditación se otorga por un periodo de 5 años. En caso de renovación, se deberá obtener un mínimo de 20 puntos en relación con los últimos 5 años, en función de los nuevos méritos y experiencia aportados, valorándose, en particular, una formación continuada mínima que permita evidenciar la necesaria actualización del conocimiento.

4. AECA realizará todas las comprobaciones de los justificantes y documentación del solicitante en la medida que se estime oportuno para asegurar la veracidad de los méritos profesionales que se quieren acreditar

5. Los méritos y la puntuación para cada uno de ellos se indica a continuación:

AECA expedirá el correspondiente Diploma de Experto Valorador Acreditado-EVA® de forma nominativa, indicando la fecha de expedición y su vigencia, haciendo constar adicionalmente la puntuación obtenida por su titular, en atención a los méritos y experiencia aportados por el mismo.


Coste de la acreditación

Solicitud de la Acreditación: 175 euros (IVA 21% aparte) (*)
Emisión de la Acreditación: 175 euros (IVA 21% aparte)

Renovación

Para poder renovar la acreditación será necesario obtener un mínimo de 20 puntos, en función de los nuevos méritos y experiencia aportados en los últimos 5 años del acreditado. Se valorará además, en particular, una formación continuada mínima que permita evidenciar la necesaria actualización del conocimiento. Se seguirá el siguiente baremo:

a) Experiencia profesional: hasta 15 puntos

b) Formación continuada: hasta 10 puntos

c) Actividades docentes: hasta 5 puntos

d) Publicaciones: hasta 5 puntos

e) Participación en congresos y otras reuniones: hasta 5 puntos

f) Otros méritos: hasta 5 puntos

Coste de la renovación 

Solicitud de la renovación: 125 euros (IVA aparte) (*)
Emisión de la renovación: 125 euros (IVA aparte)

(*) Los derechos de solicitud cubren los gastos de la revisión técnica efectuada, independientemente que el resultado de la misma sea positivo o negativo. No se contempla, por tanto, la posible devolución del importe abonado, quedando, no obstante, reservados los derechos para una segunda solicitud del interesado, en su caso.

Solicitudes incluidas como Socio Protector

Socios Protectores AECA (personas jurídicas)

Solicitudes por entidad sin necesidad de alta como socio numerario de acuerdo a los siguientes límites:


-Socio Protector nivel A: hasta 7 solicitudes de candidatos sin que estos sean socios numerarios
-Socio Protector nivel B: hasta 4 solicitudes de candidatos sin que estos sean socios numerarios
-Socio Protector Básico: hasta 3 solicitudes de candidatos sin que estos sean socios numerarios